Estudios y evaluación de impacto ambiental

Estudiamos los efectos de proyectos sobre el medio ambiente y facilitamos su integración ambiental

Redactamos estudios de impacto ambiental, documentos ambientales y documentos de inicio para proyectos que deben pasar por evaluación de impacto ambiental, y acompañamos al promotor durante toda la tramitación hasta obtener la declaración o el informe de impacto ambiental. Llevamos más de 20 años haciéndolo en proyectos de energías renovables, infraestructuras, industria, urbanismo y aprovechamientos hidráulicos de toda España.

La evaluación de impacto ambiental es un procedimiento preventivo: sirve para detectar los efectos de un proyecto antes de que se ejecute y para decidir cómo evitarlos, reducirlos o compensarlos. Con los años hemos desarrollado una metodología propia de valoración de impactos que nos permite justificar cada conclusión ante el órgano ambiental con datos de campo.

¿Cuándo necesita un proyecto evaluación de impacto ambiental?

La Ley 21/2013, de evaluación ambiental, y la normativa autonómica que la desarrolla fijan qué proyectos deben someterse a evaluación antes de recibir la autorización sustantiva. Los del anexo I siguen la evaluación ordinaria y los del anexo II, la simplificada. También pasan por la simplificada los proyectos que, sin estar en los anexos, pueden afectar de forma apreciable a un espacio de la Red Natura 2000, y las modificaciones de proyectos ya autorizados que puedan tener efectos adversos significativos.

Antes de redactar nada revisamos el encaje del proyecto en esos anexos y en la normativa de la comunidad autónoma correspondiente, porque de ello dependen el procedimiento, el documento que hay que presentar y los plazos.

Evaluación ambiental ordinaria

Para los proyectos del anexo I. Puede empezar, si el promotor lo pide, con un documento inicial y la consulta sobre el alcance del estudio. Después se redacta el estudio de impacto ambiental, que se somete a información pública durante al menos 30 días hábiles y a consulta de las administraciones afectadas. El procedimiento termina con la declaración de impacto ambiental (DIA), que fija las condiciones y medidas que el proyecto tendrá que cumplir.

Evaluación ambiental simplificada

Para los proyectos del anexo II y los que pueden afectar a la Red Natura 2000. El promotor presenta un documento ambiental, el órgano ambiental consulta a las administraciones y personas interesadas y emite un informe de impacto ambiental. Ese informe concluye si el proyecto puede seguir adelante con las medidas propuestas o si tiene que pasar a evaluación ordinaria.

¿Cómo te podemos ayudar?

Evaluación Ambiental de Proyectos

  • Documentos de Inicio
  • Documentos Ambientales
  • Estudios de Impacto Ambiental (EsIA)
  • Estudios de Afecciones sobre la Red Natura 2000
  • Diseño de Planes de Vigilancia Ambiental
  • Análisis de Prefactibilidad y de la capacidad de acogida del territorio
  • Redacción de Resúmenes Ejecutivos
  • Seguimiento del Procedimiento y Asistencia Técnica hasta la obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

Qué incluye un estudio de impacto ambiental

  • Descripción del proyecto y de sus acciones en las fases de obra, funcionamiento y desmantelamiento.
  • Examen de las alternativas técnicamente viables, incluida la alternativa cero, y justificación de la elegida.
  • Inventario ambiental del ámbito: fauna, flora y hábitats, agua, suelo, paisaje, patrimonio cultural y población.
  • Identificación y valoración de impactos, también los acumulativos y sinérgicos con otros proyectos del entorno.
  • Evaluación de las repercusiones sobre la Red Natura 2000 cuando hay espacios afectados.
  • Análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante accidentes graves y catástrofes.
  • Medidas preventivas, correctoras y compensatorias.
  • Programa de vigilancia ambiental.
  • Documento de síntesis.

El trabajo de campo lo hace nuestro propio equipo (fauna, flora y vegetación, acústica, limnología, arqueología y SIG), así que el inventario se apoya en datos tomados en el ámbito del proyecto y no solo en bibliografía.

Cómo trabajamos

  1. Análisis previo. Revisamos el encaje legal del proyecto, el procedimiento que le corresponde y los condicionantes del emplazamiento (espacios protegidos, especies, patrimonio, riesgos). Detectar pronto los puntos críticos evita cambios de proyecto más adelante.
  2. Trabajo de campo. Planificamos los muestreos con los ciclos que necesita cada grupo, como los ciclos anuales de avifauna y quirópteros en proyectos eólicos.
  3. Redacción. Elaboramos el documento ambiental o el estudio de impacto ambiental y los anexos que pida el órgano ambiental.
  4. Tramitación. Respondemos a requerimientos, alegaciones e informes sectoriales y acompañamos al promotor en las reuniones con la administración.
  5. Después de la DIA. Diseñamos el plan de vigilancia ambiental y hacemos el seguimiento ambiental de la obra y de la fase de explotación.

¿Por qué elegir TAXUS para Evaluaciones de Impacto Ambiental?

  • Experiencia en múltiples sectores: energías renovables, infraestructuras, urbanismo, industria.
  • Conocimiento actualizado de la normativa ambiental.
  • Equipo técnico multidisciplinar con visión integradora.
  • Coordinación con promotores, técnicos redactores y administraciones.
  • Compromiso con la sostenibilidad y la mejora continua.

Preguntas frecuentes sobre la evaluación de impacto ambiental

Depende del procedimiento y de la carga de trabajo del órgano ambiental. La ley le da cuatro meses para formular la declaración de impacto ambiental desde que recibe el expediente completo, y tres meses para emitir el informe de impacto ambiental en la evaluación simplificada. A eso hay que sumar la redacción del estudio y, sobre todo, los ciclos de campo que exija el proyecto, por lo que una evaluación ordinaria suele llevar bastante más de un año.

El estudio de impacto ambiental es el documento de la evaluación ordinaria: más completo, con inventario detallado, análisis de alternativas, valoración de impactos y programa de vigilancia. El documento ambiental se presenta en la evaluación simplificada y es más breve, aunque debe permitir al órgano ambiental decidir si el proyecto tiene efectos significativos.

La DIA pierde su vigencia si el proyecto no empieza a ejecutarse en los cuatro años siguientes a su publicación en el boletín oficial, salvo que el órgano ambiental acuerde una prórroga. La misma regla se aplica al informe de impacto ambiental.

Sí. Nuestra sede está en Oviedo, pero redactamos y tramitamos evaluaciones ante los órganos ambientales de distintas comunidades autónomas y en proyectos de competencia estatal.

Con una descripción del proyecto (ubicación, superficie, potencia o capacidad y planos, si los hay) podemos decirte qué procedimiento le corresponde, qué estudios de campo harán falta y en qué plazos. Escríbenos desde la página de contacto.

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